Jura de Nacionalidad Española: El Paso Final

Jura Nacionalidad

Haber recibido la resolución favorable de tu expediente de nacionalidad por residencia es un hito de enorme alegría. Sin embargo, para convertirte legalmente en ciudadano español y obtener tus documentos (DNI y pasaporte), existe un trámite obligatorio e imprescindible: la Jura de la Nacionalidad Española.

En esta guía te explicamos en qué consiste este acto, los plazos legales estrictos que debes cumplir, la opción de realizarlo ante notario para agilizar el proceso y cómo se aplica el convenio de doble nacionalidad con Guatemala en este paso final.

¿Qué es la Jura de Nacionalidad y por qué es obligatoria?

La Jura o Promesa de Nacionalidad es un acto solemne e individual mediante el cual el solicitante manifiesta formalmente su fidelidad al Rey de España y su obediencia a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico español.

Hasta que no se efectúa este trámite y el Registro Civil inscribe tu nacimiento como ciudadano español, la concesión de la nacionalidad no surte plenos efectos legales.

El plazo crítico: 180 días contados desde la notificación

De acuerdo con el artículo 224 del Reglamento del Registro Civil español, dispones de un plazo máximo e improrrogable de 180 días continuos (aproximadamente 6 meses) a contar desde el día siguiente a la notificación oficial de la resolución favorable.

¡Atención! Si dejas transcurrir los 180 días sin haber solicitado la cita para la jura o sin realizar el trámite, la concesión de la nacionalidad caducará automáticamente, perdiendo todo el trabajo realizado y obligándote a iniciar el procedimiento desde cero.

¿Registro Civil o Notario? Dos vías para jurar

Históricamente, la jura se realizaba de forma exclusiva en los Registros Civiles de cada municipio. Sin embargo, debido al colapso de citas en muchas provincias, desde 2021 se consolidó de forma permanente la opción de realizar la jura ante Notario público.

CriterioRegistro CivilNotaría
Coste del trámiteGratuitoHonorarios notariales (entre 80 € y 120 € aprox.)
Tiempo de esperaSemanas o varios meses según la provinciaGeneralmente rápido (días o un par de semanas)
Gestión de citaA través del portal del Ministerio o Registro localDirecta con la notaría de tu preferencia
Inscripción finalDirecta en el sistemaLa notaría remite la documentación digitalmente al Registro Civil

¿Cómo aplica el Convenio de Doble Nacionalidad durante la Jura?

Este es el momento en que se materializa la gran ventaja legal que posee la comunidad guatemalteca:

Durante el acto de la jura, el funcionario del Registro Civil o el Notario te formulará las preguntas protocolarias sobre fidelidad a la Constitución Española y a las Leyes.

En el momento en que corresponda el apartado sobre la renuncia a la nacionalidad anterior, el guatemalteco queda expresamente exento de renunciar a su ciudadanía de origen. En el acta firmada quedará constancia de que mantienes tu nacionalidad guatemalteca acogiéndote al Convenio Bilateral entre España y Guatemala y al artículo 24.1 del Código Civil.

Paso a paso del procedimiento

1. Paso 1: Recepción de la Resolución: Revisión de la notificación.

Descarga la resolución favorable del portal del Ministerio de Justicia. Verifica que todos tus datos personales (nombres, apellidos, estado civil, fecha de nacimiento) estén escritos correctamente.

2. Paso 2: Agendar cita en Registro Civil o Notaría: Elección de vía.

Solicita cita en el Registro Civil de tu municipio de empadronamiento o acude a una Notaría para fijar fecha dentro del margen de los 180 días.

3. Paso 3: Presentación el día de la Jura: Entrega de originales.

El día señalado acudirás a firmar el acta. Deberás presentar tu TIE original, tu pasaporte guatemalteco, la resolución favorable y, en su caso, los documentos de origen originales que te requieran para verificación.

4. Paso 4: Remisión e Inscripción Registral: Recepción del certificado.

El Registro Civil inscribe tu nacimiento y emite tu Certificado Literal de Nacimiento español para la primera expedición del DNI.

5. Paso 5: Expedición del DNI y Pasaporte Español: Comisaría de Policía Nacional.

Con tu certificado literal de nacimiento español y tu certificado de empadronamiento actualizado, pides cita en la Policía Nacional para que te entreguen tu DNI y tu Pasaporte Español en el acto.

Trámite posterior: El Certificado de Concordancia

Una vez que tengas tu DNI y Pasaporte españoles en mano, no olvides realizar el Certificado de Concordancia ante la Policía Nacional. Este documento acredita oficialmente que la persona que antes se identificaba con su NIE/TIE de inmigrante es la misma que ahora se identifica con su DNI español. Te servirá para actualizar tus datos ante la Seguridad Social, la Agencia Tributaria (Hacienda), bancos, licencias de conducir y tu empresa.


Imagen: IA

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