Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión ("Tarjeta Verde"): Qué es y Cómo Tramitarlo

Ciudadano de la Unión

Para cualquier ciudadano comunitario que fije su residencia en España por más de tres meses, existe un trámite administrativo prioritario: obtener el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión. Conocido popularmente como el "NIE verde" o "tarjeta verde", este documento es la pieza fundamental que formaliza la residencia legal y habilita el acceso a trámites esenciales, como la solicitud de la Tarjeta de Familiar de Ciudadano de la Unión para cónyuges o hijos extracomunitarios.

En esta guía explicamos en qué consiste este certificado, qué requisitos se exigen para obtenerlo y el procedimiento para gestionarlo ante las autoridades españolas.

¿Qué es el Certificado de Registro de la Unión (CUE)?

El Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión (CUE) es un documento impreso en un papel oficial de color verde que acredita la inscripción en el Registro Central de Extranjeros de aquellos ciudadanos pertenecientes a un Estado miembro de la Unión Europea (UE), del Espacio Económico Europeo (EEE) o Suiza que van a residir en España por un periodo superior a 90 días.

A diferencia de la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero), este certificado no es una tarjeta plástica ni incluye fotografía. En el documento constan únicamente

  • Nombre y apellidos del titular.

  • Nacionalidad y domicilio en España.

  • Número de Identidad de Extranjero (NIE) asignado.

  • Fecha de registro inicial.

Atención: Al no llevar foto, este documento no sirve como documento de identidad por sí solo. Debe exhibirse siempre acompañado del pasaporte original o del documento nacional de identidad del país europeo de origen.

Requisitos para solicitar el CUE

Para obtener el certificado, el ciudadano comunitario debe encajar en alguno de los siguientes supuestos previstos por la normativa de extranjería:

1. Trabajador por cuenta ajena

Acreditar una relación laboral activa en España mediante contrato de trabajo registrado en el Servicio Público de Empleo (SEPE) o informe de alta en la Seguridad Social.

2. Trabajador por cuenta propia (Autónomo)

Acreditar el ejercicio de una actividad económica en España presentando el alta en el Censo de Actividades Económicas (Hacienda) y el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social.

3. Persona con recursos propios suficientes

Si no se ejerce actividad laboral en España, se deben demostrar fondos económicos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social española, junto a un seguro de enfermedad público o privado (con cobertura completa en España y sin copagos).

4. Estudiante

Estar matriculado en un centro de enseñanza público o privado reconocido en España, contar con un seguro médico y firmar una declaración responsable de disponer de recursos económicos suficientes para el periodo de estudios.

Documentación necesaria

El día de la cita presencial se debe presentar la carpeta con los siguientes documentos:

  • Solicitud oficial Modelo EX-18: Cumplimentado y firmado.

  • Pasaporte o Documento de Identidad: Documento original y vigente de tu país de origen.

  • Justificante del pago de la tasa: Tasa oficial Modelo 790, Código 012 abonada previamente en el banco.

  • Certificado de Empadronamiento: Expedido por el Ayuntamiento donde residas (con menos de 3 meses de antigüedad).

  • Acreditación del supuesto: Documentación laboral, extractos bancarios, seguro médico o matrícula de estudios según corresponda.

Paso a paso: ¿Cómo se realiza el trámite?

1. Paso 1: Agendar Cita Previa: Sede Electrónica de Extranjería.

Ingresa al portal oficial de Cita Previa de Extranjería. Selecciona la provincia donde estés empadronado y elige la opción "POLICÍA-CERTIFICADO DE REGISTRO DE CIUDADANO DE LA U.E.".

2. Paso 2: Pago de la Tasa Administrativa: Tasa Modelo 790 Código 012.

Genera el impreso de la Tasa 790 Código 012 desde la web de la Policía Nacional y efectúa el pago en cualquier entidad bancaria antes de acudir a la cita.

3. Paso 3: Asistencia Presencial: Comisaría o Brigada de Extranjería.

Acude en la fecha asignada a la Oficina de Extranjería o Comisaría de la Policía Nacional designada con los originales y fotocopias de toda la documentación.

4. Paso 4: Expedición Inmediata: Entrega de la hoja verde.

A diferencia de otros trámites de extranjería, si la documentación presentada cumple con los requisitos, el Certificado de Registro de color verde se imprime y entrega en el acto.

Claves de vigencia y residencia permanente

  • Indefinido: El certificado de registro no tiene una fecha de caducidad fijada en el documento.

  • Residencia Permanente: Tras completar 5 años de residencia legal y continuada en España, el ciudadano de la Unión tiene derecho a solicitar un certificado de residencia permanente en el mismo formato.


Imagen: IA

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